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Las Cuotas en la UNAM
Por
Eduardo Vargas
El debate va y viene. Una minoría de seudoestudiantes universitarios persisten en su comportamiento egoísta y no vacilan en mentir y chantajear a la universidad, para lograr sus estúpidos fines de aprendices de politiquillos.
Ahora que el Congreso Universitario se aproxima, surge de nuevo el fantasma de las cuotas de la UNAM. Los ánimos se acaloran y la razón desmerece. Y es que muchos estudiantes son fáciles de manipular. Sólo porque unos cuantos académicos y seudointelectuales les dicen que el Estado está impartiendo educación en la UNAM y por lo tanto las cuotas son anticonstitucionales, piensan que tienen derecho de perjudicar el progreso de la UNAM y de México, impidiendo cuantas veces les venga en gana el derecho a estudiar de más del 90 por ciento de los universitarios que no concuerdan con sus irracionales ideas.
Es falso que el Estado esté impartiendo educación en la UNAM. Desde 1929 el Estado, al otorgarle la autonomía a la UNAM, se desprendió de la responsabilidad de impartir educación superior en la misma y depositó tal responsabilidad en las manos de los mismos interesados: los universitarios. Esto último derriba los argumentos ridículos y absurdos que sostienen algunos grupúsculos de seudouniversitarios como el CGH, los que afirman que, debido a presiones de organismos internacionales y a la globalización, el Estado está tratando de dejar de impartir educación en la UNAM y que tiene intenciones de privatizarla, convirtiéndola en una institución en la que se lucre con la educación. El fenómeno de la globalización sólo es un entorno casual que gente sin escrúpulos está tomando como pretexto para argumentar que tienen razón en todo lo que afirman acerca de las "negras intenciones" de los gobiernos mexicanos de las últimas décadas respecto al destino de la UNAM; un destino que desde sus orígenes ya estaba marcado por los mismos universitarios y que ha sido amparado por nuestra Constitución mediante diversos actos como: la ley de autonomía de la UNAM, de 1929, y el reconocimiento constitucional de la autonomía universitaria, en 1980.
Es cierto que la UNAM es un organismo descentralizado y autónomo del Estado; pero es falso que todas las actividades que se realicen en los organismos del Estado se atribuyen al mismo Estado. Ellas también pueden ser realizadas por los particulares y se les atribuye a éstos, y no al Estado, su realización. Tal es el caso de la relación Estado-UNAM. La UNAM pertenece al Estado, pero la autonomía le da una característica única a la educación que se imparte en la misma: que la imparten los universitarios, y los universitarios no pertenecen a la administración pública.
Por tanto, es una gran mentira decir que el Estado esté impartiendo educación en la UNAM y que las cuotas son anticonstitucionales.
La prueba legal de que el Estado dejó de impartir educación en la UNAM y que tal responsabilidad la dejó en manos de los universitarios se puede encontrar en las últimas líneas de la exposición de motivos de la ley que estableció la autonomía de la UNAM en 1929, en donde una de las razones por las que se le otorgaba la autonomía a la UNAM es "dejar la responsabilidad de la enseñanza superior a los mismos interesados".
A continuación transcribo una cita textual que contiene un fragmento de esa exposición de motivos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 1929, y que muestra la parte medular en la que se pueden apreciar las diversas razones para otorgarle la autonomía a la UNAM, así como el hecho de que el Estado dejó de impartir educación en la UNAM.
"... es un principio de los gobiernos revolucionarios la creación de instituciones democráticas funcionales que, debidamente solidarizadas con los principios y los ideales nacionales y asumiendo responsabilidad ante el pueblo, queden investidas de atribuciones suficientes para el descargo de la función social que les corresponde"; que el postulado democrático demanda en grado siempre creciente la delegación de funciones, la división de atribuciones y responsabilidades, la socialización de las instituciones y la participación efectiva de los mismos integrantes de la colectividad en la dirección de la misma; que ha sido un ideal de los mismos gobiernos revolucionarios y de las clases universitarias mexicanas la autonomía de la Universidad Nacional; que es necesario capacitar la Universidad Nacional de México, dentro del ideal democrático revolucionario, para cumplir los fines de impartir una educación superior, de contribuir al progreso de México en la conservación y desarrollo de la cultura mexicana, participando en el estudio de los problemas que afectan a nuestro país, así como el de acercarse al pueblo por el cumplimiento eficaz de sus funciones generales y mediante la obra de extensión educativa; que el gobierno de la Universidad debe encomendarse a organismos de la Universidad misma, representativos de los diferentes elementos que la constituyen; que la autonomía universitaria debe significar una más amplia facilidad de trabajo, al mismo tiempo que una disciplinada y equilibrada libertad; que es necesario dar a alumnos y profesores una más directa y real injerencia en el manejo de la Universidad; que es indispensable que, aunque autónoma, la Universidad siga siendo una Universidad Nacional y, por ende, una institución de Estado, en el sentido de que ha de responder a los ideales del Estado y contribuir dentro de su propia naturaleza al perfeccionamiento y logro de los mismos; que, para cumplir los propósitos de elaboración científica, la Universidad Nacional debe ser dotada de aquellas oficinas o institutos que dentro del Gobierno puedan tener funciones de investigación científica, y que, por otra parte, el Gobierno debe poder contar siempre, de una manera fácil y eficaz, con la colaboración de la Universidad para los servicios de investigación y de otra índole que pudiera necesitar; que, no obstante las relaciones que con el Estado ha de conservar la Universidad, ésta en su carácter de autónoma tendrá que ir convirtiéndose a medida que el tiempo pase, en una institución privada, no debiendo por lo mismo, tener derecho para imponer su criterio en la calificación de las instituciones libres y privadas que impartan enseñanzas semejantes a las de la propia Universidad Nacional; que, aunque lo deseable es que la Universidad Nacional llegue a contar en el futuro con fondos enteramente suyos que la hagan del todo independiente desde el punto de vista económico, por lo pronto, y todavía por un período cuya duración no puede fijarse, tendrá que recibir un subsidio del Gobierno Federal suficiente, cuando menos, para seguir desarrollando las actividades que ahora la animan; que tanto por el subsidio que entrega, como por tener el Gobierno Federal ante el país la responsabilidad última de aquellas instituciones que en alguna forma apoye, se hace necesario que él ejerza sobre la Universidad Nacional aquella acción de vigilancia que salvaguarde justamente dicha responsabilidad; que la rehabilitación de las clases trabajadoras en México y su condición de gobierno democrático, obligan al Gobierno de la República a atender en primer término a la educación del pueblo en su nivel básico, dejando la responsabilidad de la enseñanza superior, muy particularmente en sus aspectos profesionales de utilización personal, a los mismos interesados".
Mientras los universitarios y el público en general persistan en su desconocimiento de la ley, grupos de demagogos, manipuladores y oportunistas de la peor ralea seguirán usando este y otros prejuicios para sus oscuros motivos. Ahí están los hechos y las leyes. Tan sólo hay que consultarlos.
© Panóptico, Eduardo Vargas
Junio 15, 2001
Nota del Editor. El autor usó como una de sus fuentes y recomienda ampliamente la lectura de la obra de Consuelo García Stahl. Síntesis Histórica de la Universidad de México, Dirección General de Orientación Vocacional de la UNAM, México, 1975, p.p. 134-136
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